lunes, 22 de octubre de 2007

EL PODER JUDICIAL DE PUNO: UN CASO DESPLEGADO


Por RUBEN N. MACEDO IDME.
MAESTRANTE DE “INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA”, FACHSE - SEDE: PUNO.

INSTITUCIÓN EN LA QUE SE REALIZÓ LA INVESTIGACIÓN: PODER JUDICIAL.
UBICACIÓN DE LA INSTTIUCIÓN: PLAZA DE ARMAS DE LA CIUDAD DE PUNO EDIFICIO “PALACIO DE JUSTICIA”.
ALTURA: 3.820.00 m.s.n.m.
DESPACHO DEL JUZGADO EN LA QUE SE CUMPLIÓ CON LA INVESTIGACIÓN: SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO PENAL DE LA PROVINCIA Y DISTRITO JUDICIAL DE PUNO.

PROBLEMA ESPECÍFICO INVESTIGADO: “FUNCION JURISDICCIONAL DESPLEGADO POR DEL JUEZ TITULAR, Abog. RÓMULO OCHOA ASTETE” (repuesto por Mandato Judicial “Proceso Constitucional de Amparo”).
PERIODO DE TIEMPO INVESTIGADO U OBSERVADO: DEL 03 AL 28 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2007.
FUENTES O INSTITUCIONES QUE HAN CONTRIBUIDO EN LA LABOR JUDICIAL DEL FUNCIONARIO INVESTIGADO:
1) MAGISTRADOS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE PUNO.
2) TRABAJADORES AUXILIARES.
3) ESTUDIANTES DE DERECHO.
4) LITIGANTES DE LA ESPECIALIDAD – DISTRITO JUDICIAL DE PUNO.

Para realizar este tipo de investigación ha sido necesario realizar observaciones directas en forma sucesiva en la labor jurisdiccional desplegado por el Juez RÓMULO OCHOA ASTETE a cargo del Despacho de Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de la Provincia de Puno.

Las observaciones realizadas fueron sobre labores específicas como:
1) Calificación de Denuncias Penales formalizados por las (04) Fiscalías Provinciales Penales de Puno que ingresar en CORPORATIVA durante el mes de Setiembre del año 2007.
2) Realización de Diligencias Judiciales fuera del Local del Despacho Judicial.
3) Cumplimiento de Diligencia de Lectura de Sentencia programado para el mes de Setiembre del año 2007.
4) Producción Intelectual del Juez investigado, desde la emisión de: Decretos, Autos y Sentencias.

RESUTLADO DE LA INVESTIGACIÓN ETNOGRÁFICA:
a) El magistrado investigado no califica personalmente las Denuncias Fiscales.
b) El Magistrado investigado realiza Diligencias Judiciales fuera del Local del Juzgado priorizando en los que tiene interés por cualquier razón.
c) Los Actos Procesales de la Lectura de Sentencia no siempre se realizan en las fechas y horas señaladas y la razón fundamental es que no resuelve una sola Sentencia por lo menos.
d) No tiene producción intelectual por lo menos de un solo expediente.
e) La labor judicial o jurisdiccional que son deberes imperativas del Magistrado investigado por mandato imperativo de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son resueltos de la siguiente forma:
- Hasta el mes de Mayo del 2007 aproximadamente el magistrado investigado tenía Practicantes de Derecho desde el VIII al XII Semestres de las Universidades “U.N.A.” y “UANCV” DE PUNO.
- A partir de Junio del año 2007 hasta la actualidad tiene un Abogado a tiempo exclusivo llamado que no lo consigno su identidad pues voy a continuar investigando, quien se encarga de calificar Denuncias Penales, Dictar Resoluciones entre: Autos y Sentencias.
- Las labores realizadas y descritas en el punto procedente es compartido con Secretarios de Juzgado que tiene en número de (02) secretarios; quienes tienen relativa experiencia.
f) El Magistrado investigado normalmente pasa los días de Lunes a Viernes SUSCRIBIENDO toda la documentación relacionado a su Despacho empezando de un Oficio terminado en el documento de mayor importancia; pero ninguno de ellos es producción intelectual de él; pero sí recibe actos procesales como: declaraciones instructivas de los imputados.
g) Normalmente no le interesa sobre la calidad de producción intelectual en las Resoluciones Judiciales (no revisa su contenido antes de firmar);
h) Se aprecia varios errores en el texto de las Resoluciones Judiciales.
i) No tiene el control adecuado del manejo de los expedientes judiciales en el Personal a su cargo.
j) El Despacho del Magistrado investigado cuenta con (03) auxiliares uno en cada Secretaría y uno a cargo de Ateción al Público y proporción del Préstamo de Expedientes Judiciales a Abogados y Público en General.

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